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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 32.

Artículo 32 del Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la compilación del derecho civil de las Islas Baleares. · BOIB-i-1990-90001

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-10-22.

Texto consolidado

Los gastos extraordinarios de conservación y refacción serán satisfechos por el fiduciario con cargo a la herencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-10-22.

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