Artículo 57. Objeto de los pactos sucesorios.
Artículo 57 de la Ley 8/2022, de 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Illes Balears. · BOE-A-2022-20278
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-17.
Texto consolidado
Podrán ser objeto de pacto sucesorio cualesquiera tipos de bienes o de derechos patrimoniales no personalísimos.