Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
BOE-A-2021-12701 · Boletín Oficial del Estado, 2021-07-29 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 5/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-06-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 180, 2021-07-29
- Entrada en vigor
- 2021-10-02
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 183
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-12701
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo.
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Potestades y prerrogativas.
- Artículo 5. Órganos administrativos.
- Artículo 6. Creación.
- Artículo 7. Órganos consultivos.
- Artículo 8. Instrucciones, circulares y órdenes de servicio.
- Artículo 9. Competencia.
- Artículo 10. Delegación de competencias.
- Artículo 11. Ámbito de la delegación.
- Artículo 12. Prohibición de delegación.
- Artículo 13. Requisitos formales de la delegación de competencias.
- Artículo 14. Delegación de competencias en corporaciones de derecho público.
- Artículo 15. Avocación.
- Artículo 16. Encomienda de gestión.
- Artículo 17. Requisitos formales de la encomienda de gestión.
- Artículo 18. Delegación de firma.
- Artículo 19. Suplencia.
- Artículo 20. Designación de suplentes.
- Artículo 21. Conflictos de atribuciones.
- Artículo 22. Competencia para la resolución de los conflictos de atribuciones.
- Artículo 23. Órganos colegiados.
- Artículo 24. Régimen jurídico de los órganos colegiados.
- Artículo 25. Presidencia de los órganos colegiados.
- Artículo 26. Miembros de los órganos colegiados.
- Artículo 27. Secretaría.
- Artículo 28. Funciones del secretario o de la secretaria.
- Artículo 29. Convocatorias y sesiones.
- Artículo 30. Actas.
- Artículo 31. Delegación de competencias.
- Artículo 32. Normas de funcionamiento de determinados órganos colegiados.
- Artículo 33. Abstención.
- Artículo 34. Recusación.
- Artículo 35. Principios y régimen jurídico de la potestad sancionadora.
- Artículo 36. Régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial.
- Artículo 37. Principios aplicables.
- Artículo 38. Sede electrónica.
- Artículo 39. Portal de Internet.
- Artículo 40. Sistemas de identificación y firma en la sede electrónica y sedes asociadas.
- Artículo 41. Catálogo de Servicios.
- Artículo 42. El procedimiento administrativo electrónico.
- Artículo 43. Actuación administrativa automatizada.
- Artículo 44. Dato único y compartido.
- Artículo 45. Política de Protección de Datos Personales y Política de Seguridad de la Información.
- Artículo 46. Principios de colaboración, auxilio y mutua información.
- Artículo 47. El principio de coordinación en la actuación de la Administración pública de la comunidad autónoma.
- Artículo 48. Planificación y programación de la actuación administrativa.
- Artículo 49. Elaboración y aprobación de los planes.
- Artículo 50. Racionalización de los procedimientos.
- Artículo 51. Medios electrónicos.
- Artículo 52. El control de eficacia y eficiencia.
- Artículo 53. Derecho a relacionarse por medios electrónicos.
- Artículo 54. Derecho de acceso a la información pública.
- Artículo 55. Derecho a la protección de datos de carácter personal.
- Artículo 56. Régimen de ejercicio de la actividad administrativa.
- Artículo 57. Encargos de ejecución a medios propios.
- Artículo 58. Concepto y régimen general de acción concertada.
- Artículo 59. Producción y contenido de los actos administrativos.
- Artículo 60. Actos que ponen fin a la vía administrativa.
- Artículo 61. Revisión de oficio.
- Artículo 62. Revocación de actos administrativos.
- Artículo 63. Rectificación de errores.
- Artículo 64. Recursos de alzada y de reposición.
- Artículo 65. Recurso extraordinario de revisión.
- Artículo 66. Reclamaciones económico-administrativas.
- Artículo 67. Criterios generales.
- Artículo 68. Notificaciones específicas.
- Artículo 69. Composición de las comisiones o tribunales.
- Artículo 70. Principios organizativos.
- Artículo 71. Órganos superiores y órganos directivos.
- Artículo 72. Los delegados y las delegadas territoriales del Gobierno de Aragón.
- Artículo 73. Los servicios.
- Artículo 74. Los elementos organizativos básicos.
- Artículo 75. Contenido de las normas organizativas.
- Artículo 76. Competencias generales.
- Artículo 77. Los departamentos.
- Artículo 78. Estructura orgánica de los departamentos.
- Artículo 79. Las secretarias y los secretarios generales técnicos.
- Artículo 80. Los directores y las directoras generales.
- Artículo 81. Los jefes y las jefas de servicio.
- Artículo 82. Las delegaciones territoriales del Gobierno de Aragón.
- Artículo 83. Organización territorial de la Administración de la comunidad autónoma.
- Artículo 84. Los servicios provinciales.
- Artículo 85. Composición y clasificación del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 86. Principios generales de actuación.
- Artículo 87. Régimen jurídico general.
- Artículo 88. Participación en otros entes.
- Artículo 89. Registro de Entes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 90. Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.
- Artículo 91. Control de eficacia y supervisión continua.
- Artículo 92. Definición y actividades propias.
- Artículo 93. Clasificación y adscripción.
- Artículo 94. Personalidad jurídica y potestades.
- Artículo 95. Creación de organismos públicos autonómicos.
- Artículo 96. Contenido y efectos del plan inicial de actuación.
- Artículo 97. Contenido de los estatutos.
- Artículo 98. Régimen jurídico.
- Artículo 99. Estructura organizativa en los organismos públicos autonómicos.
- Artículo 100. Fusión de organismos públicos.
- Artículo 101. Extinción.
- Artículo 102. Representación y defensa en juicio.
- Artículo 103. Definición.
- Artículo 104. Régimen jurídico.
- Artículo 105. Régimen de personal.
- Artículo 106. Régimen de contratación.
- Artículo 107. Régimen patrimonial.
- Artículo 108. Régimen presupuestario.
- Artículo 109. Régimen de contabilidad y control económico-financiero.
- Artículo 110. Definición.
- Artículo 111. Régimen jurídico.
- Artículo 112. Ejercicio de potestades administrativas.
- Artículo 113. Régimen de personal.
- Artículo 114. Régimen de contratación.
- Artículo 115. Régimen patrimonial.
- Artículo 116. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero.
- Artículo 117. Definición.
- Artículo 118. Participación minoritaria en otras sociedades.
- Artículo 119. Principios rectores.
- Artículo 120. Régimen jurídico.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2021?
- Ley 5/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2021?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.