Artículo 109. Régimen de contabilidad y control económico-financiero.
Artículo 109 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.
Texto consolidado
Los organismos autónomos aplicarán el régimen de contabilidad y de control económico-financiero establecido por la normativa de hacienda de la comunidad autónoma.