El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 40. Sistemas de identificación y firma en la sede electrónica y sedes asociadas.

Artículo 40 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Texto consolidado

1. La sede electrónica y sedes asociadas de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Aragón utilizarán como sistema de identificación y firma de los usuarios Cl@ve, Sistema de Identificación y Firma Electrónica utilizado por la Administración general del Estado, o sistema equivalente que se desarrolle por esta, garantizando de esta manera la identificación y firma mediante certificado electrónico reconocido conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con las especificaciones recogidas en el artículo 51 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de Simplificación Administrativa.

2. La sede electrónica y sedes asociadas podrán utilizar sistemas de identificación o firma adicionales basados en clave concertada, siempre y cuando se realice un registro previo de los usuarios que permita acreditar su identidad, conforme a lo dispuesto en la legislación básica, a solicitud del departamento competente en materia de administración electrónica y de acuerdo con las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Más artículos de Ley 5/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.