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Ley Vigente

Artículo 72. Los delegados y las delegadas territoriales del Gobierno de Aragón.

Artículo 72 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Texto consolidado

1. Los delegados y las delegadas territoriales del Gobierno de Aragón tendrán nivel orgánico de director general.

2. Su regulación se regirá por lo previsto en esta ley y por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

3. Los delegados y las delegadas territoriales del Gobierno de Aragón tendrán la consideración de altos cargos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

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