Artículo 71. Órganos superiores y órganos directivos.
Artículo 71 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.
Texto consolidado
1. Los vicepresidentes o vicepresidentas, en su caso, y las consejeras y consejeros, como titulares de los departamentos, son los órganos superiores de la Administración de la comunidad autónoma.
2. Las personas titulares de la Secretaría General de la Presidencia, de las secretarías generales técnicas y de las direcciones generales se configuran como órganos directivos.
3. Los órganos superiores y directivos tienen además la condición de alto cargo.