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LeyAutonómico Vigente

Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón.

BOE-A-2009-7196 · Boletín Oficial del Estado, 2009-04-30 · Comunidad Autónoma de Aragón

Ley 1/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-14.

Resumen

La Ley 1/2009, de 30 de marzo, regula el funcionamiento y las competencias del Consejo Consultivo de Aragón, que actúa como el principal órgano consultivo del Gobierno y la Administración de esta comunidad autónoma. Esta norma es aplicable desde su entrada en vigor en 2009 y se dirige a los miembros del Consejo, así como a las entidades que requieran su asesoramiento.

Entre los puntos clave, la ley establece que el Consejo Consultivo está compuesto por un Presidente y ocho miembros, todos con un alto prestigio jurídico y experiencia profesional. Sus funciones incluyen emitir dictámenes sobre asuntos consultados por el Gobierno, siendo preceptivo en temas como reformas del Estatuto de Autonomía y proyectos de ley. Además, se garantiza su autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones, y se establece un régimen de incompatibilidades para sus miembros. Por último, la ley también prevé la elaboración de un reglamento interno para su funcionamiento y la obligación de publicar sus dictámenes y memoria anual. Esta norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 1/2009
Fecha de la disposición
2009-03-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 105, 2009-04-30
Entrada en vigor
2009-03-08
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-10-14
Artículos
33
Identificador BOE
BOE-A-2009-7196
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

PREÁMBULO

La Ley 1/1995, de 16 de febrero, del Presidente y del Gobierno de Aragón, de conformidad con la potestad de autoorganización de la Comunidad Autónoma de Aragón y la legítima posibilidad declarada por el Tribunal Constitucional de sustituir la intervención preceptiva del Consejo de Estado por órganos consultivos autonómicos equivalentes al mismo, creó la Comisión Jurídica Asesora, cuyo funcionamiento ha contribuido notablemente a la mejora de la acción de gobierno y de la actividad administrativa, aumentando la garantía de legalidad en la toma de decisiones.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 1/2009?
Ley 1/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-14.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2009?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2009?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.