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Ley Vigente

Artículo 5. Nombramiento del Presidente.

Artículo 5 de la Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón. · BOE-A-2009-7196

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-08.

Texto consolidado

El Presidente del Consejo Consultivo de Aragón será nombrado por el Gobierno entre juristas con más de quince años de experiencia profesional y reconocido prestigio público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-08.

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