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Ley Vigente

Artículo 4. Miembros.

Artículo 4 de la Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón. · BOE-A-2009-7196

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-08.

Texto consolidado

1. El Consejo Consultivo de Aragón está integrado por el Presidente y por ocho miembros, que serán nombrados por el Gobierno de Aragón mediante Decreto.

2. Para formar parte del Consejo Consultivo será necesario ostentar la condición política de aragonés.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-08.

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