Disposición transitoria segunda. Reglamento provisional de funcionamiento.
Disposición transitoria segunda de la Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón. · BOE-A-2009-7196
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-08.
Texto consolidado
Hasta el momento en que se apruebe el Reglamento orgánico del Consejo Consultivo, le será de aplicación el de la Comisión Jurídica Asesora en todo lo que no se oponga a lo establecido en la presente Ley.