El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 77. Los departamentos.

Artículo 77 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Texto consolidado

1. La Administración de la comunidad autónoma se organiza en departamentos, cada uno de los cuales comprenderá uno o varios sectores de la actividad administrativa.

2. Corresponde al presidente o presidenta del Gobierno de Aragón la creación, modificación, agrupación y supresión de departamentos, así como la determinación del sector o sectores de la actividad administrativa a los que se extenderá la competencia de cada uno de ellos.

3. La organización en departamentos no obstará para la existencia de órganos adscritos directamente a la Presidencia y, en su caso, a las Vicepresidencias del Gobierno. También se les podrán adscribir organismos públicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Más artículos de Ley 5/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.