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Ley Vigente

Artículo 36. Régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial.

Artículo 36 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón. · BOE-A-2021-12701

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

Texto consolidado

1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados de toda lesión que sufran en cualesquiera de sus bienes y derechos en los términos y con arreglo al régimen establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con aplicación del procedimiento previsto al efecto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por las disposiciones de desarrollo que pueda dictar la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. El procedimiento se podrá iniciar a instancia de parte o de oficio. La resolución competerá, en todo caso, a quien sea titular del departamento correspondiente por razón de la materia, salvo que una ley atribuya la competencia al Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-02.

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