Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
BOE-A-2003-8225 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-22 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 11/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-03-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 96, 2003-04-22
- Entrada en vigor
- 2003-06-26
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 98
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-8225
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Prohibiciones generales.
- Artículo 4. Condiciones generales de las instalaciones de los animales.
- Artículo 5. Carnet de cuidador y manipulador de animales.
- Artículo 6. Inspecciones.
- Artículo 7. Decomisos.
- Artículo 8. Comité Consultivo para la Protección y Bienestar Animal.
- Artículo 9. Organización y funcionamiento del Comité Consultivo para la Protección y Bienestar Animal.
- Artículo 10. Concepto.
- Artículo 11. Ámbito de aplicación.
- Artículo 12. Control sanitario.
- Artículo 13. Condiciones de manejo y mantenimiento de los animales de compañía.
- Artículo 14. Esterilización.
- Artículo 15. Censos municipales.
- Artículo 16. Identificación.
- Artículo 17. Medidas higiénicas.
- Artículo 18. Circulación.
- Artículo 19. Transporte.
- Artículo 20. Abandono y recogida.
- Artículo 21. Procedimiento de recogida y captura.
- Artículo 22. Recuperación y cesión de animales abandonados.
- Artículo 23. Sacrificio de animales recogidos.
- Artículo 24. Procedimiento de sacrificio.
- Artículo 25. Definición.
- Artículo 26. Autorización y registro.
- Artículo 27. Requisitos para la autorización.
- Artículo 28. Comercio.
- Artículo 29. Mantenimiento temporal.
- Artículo 30. Agrupaciones zoológicas de animales de fauna silvestre.
- Artículo 31. Agrupaciones zoológicas lúdicas.
- Artículo 32. Normas generales.
- Artículo 33. Espectáculos taurinos.
- Artículo 34. Espectáculos circenses.
- Artículo 35. Espectáculos ecuestres.
- Artículo 36. Canódromos.
- Artículo 37. Concepto y principios generales.
- Artículo 38. Condiciones generales de conducción y estabulación.
- Artículo 39. Condiciones de manejo.
- Artículo 40. Cuidados sanitarios.
- Artículo 41. Responsabilidad de los productores.
- Artículo 42. Transporte.
- Artículo 43. Condiciones del transporte, de los medios de transporte y de los animales.
- Artículo 44. Interrupción del transporte.
- Artículo 45. Personal encargado del transporte.
- Artículo 46. Documentos e identificaciones.
- Artículo 47. Inspección y medidas cautelares.
- Artículo 48. Condiciones de sacrificio de los animales en matadero.
- Artículo 49. Condiciones de sacrificio en explotaciones ganaderas o durante el transporte.
- Artículo 50. Condiciones del sacrificio domiciliario.
- Artículo 51. Utilización de animales en procedimientos de experimentación animal.
- Artículo 52. Registro y obligación de información de los centros relacionados con la experimentación animal.
- Artículo 53. Autorización para la experimentación animal.
- Artículo 54. Alojamiento y personal.
- Artículo 55. Especies animales utilizadas en experimentación.
- Artículo 56. Identificación de los animales de experimentación.
- Artículo 57. Procedimientos de experimentación.
- Artículo 58. Comités éticos de experimentación animal.
- Artículo 59. Asociaciones de protección y defensa de los animales.
- Artículo 60. Entidades colaboradoras.
- Artículo 61. Divulgación.
- Artículo 62. Asesoramiento a la Administración local.
- Artículo 63. Información.
- Artículo 64. Educación.
- Artículo 65. Fomento.
- Artículo 66. Infracciones administrativas.
- Artículo 67. Clasificación.
- Artículo 68. Infracciones leves.
- Artículo 69. Infracciones graves.
- Artículo 70. Infracciones muy graves.
- Artículo 71. Sanciones pecuniarias.
- Artículo 72. Sanciones complementarias.
- Artículo 73. Reparación de daños y perjuicios.
- Artículo 74. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
- Artículo 75. Reincidencia.
- Artículo 76. Concurrencia de responsabilidades.
- Artículo 77. Responsabilidad de las personas jurídicas.
- Artículo 78. Multas coercitivas.
- Artículo 79. Reglas generales en materia de decomisos.
- Artículo 80. Decomiso de animales.
- Artículo 81. Decomiso de los instrumentos.
- Artículo 82. Competencia.
- Artículo 83. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 84. Presunción de veracidad.
- Artículo 85. Procedimiento administrativo sancionador.
- Artículo 86. Delitos y faltas.
- Artículo 87. Prescripción de infracción y sanción.
- Artículo 88. Caducidad.
- Artículo 89. Registro de infractores.
- Disposición adicional única. Efecto desestimatorio del silencio.
- Disposición transitoria primera. Adecuación a los preceptos de la Ley por parte de instalaciones o establecimientos autorizados.
- Disposición transitoria segunda. Adecuación a los preceptos de la Ley por parte de las agrupaciones de aves pertenecientes a especies de fauna silvestre.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Actualización de las cuantías, de la atribución competencial para el ejercicio de la potestad sancionadora y del anexo III de la Ley.
- Disposición final segunda. Creación de registros.
- Disposición final tercera. Desarrollo de la Ley.
- Disposición final cuarta. Estructura administrativa para la ejecución de la Ley.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 82, por Ley 12/2004, de 29 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 3.4, 34.1 y 69.17, por Ley 1/2019, de 7 de febrero |
| Se modifica | Ley 14/2023, de 30 de marzo, de perros de asistencia en Aragón. |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 20.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2003?
- Ley 11/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 11/2003?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.