Artículo 14. Esterilización.
Artículo 14 de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2003-8225
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-26.
Texto consolidado
Para evitar la proliferación incontrolada de animales asilvestrados a partir de animales abandonados o el sacrificio de camadas no deseadas de cachorros, se podrá realizar por los profesionales veterinarios la esterilización de los animales de compañía.