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Ley Vigente

Artículo 2. Fines.

Artículo 2 de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2003-8225

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-26.

Texto consolidado

La presente Ley pretende hacer efectivos los siguientes fines:

a) Alcanzar un nivel de bienestar de los animales adecuado a su condición de seres vivos.

b) Compatibilizar el adecuado trato de los animales con el disfrute por el ser humano de los mismos.

c) Permitir la utilización de los animales para la mejora del bienestar económico, físico y social del ser humano, sin que ello suponga infligir a los animales un daño o maltrato innecesario para alcanzar este objeto.

d) Fomentar el conocimiento del mundo animal.

e) Sensibilizar y formar al ser humano sobre los valores y conductas que esta Ley recoge.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-06-26.

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