Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales.
BOE-A-2003-7404 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-10 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 1/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-02-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 86, 2003-04-10
- Entrada en vigor
- 2003-03-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-20
- Artículos
- 86
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-7404
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de servicios sociales.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Sistema público de servicios sociales.
- Artículo 3. Funciones del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 4. Titulares del derecho.
- Artículo 5. Principios generales.
- Artículo 6. Funciones de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 7. Administración local.
- Artículo 8. Delegación o encomienda de gestión.
- Artículo 9. Estructura del sistema.
- Artículo 10. Servicios sociales generales.
- Artículo 11. Funciones de los servicios sociales generales.
- Artículo 12. Servicios sociales especializados.
- Artículo 13. Funciones de los servicios sociales especializados.
- Artículo 14. Organización territorial.
- Artículo 15. Áreas de servicios sociales.
- Artículo 16. Distritos.
- Artículo 17. Zonas básicas de servicios sociales.
- Artículo 18. Zonas especiales de servicios sociales.
- Artículo 19. Prestaciones.
- Artículo 20. Catálogo de prestaciones.
- Artículo 21. Información general y especializada.
- Artículo 22. Valoración y diagnóstico.
- Artículo 23. Orientación individual y familiar.
- Artículo 24. Prevención de la exclusión social.
- Artículo 25. Protección de los menores.
- Artículo 26. Apoyo familiar.
- Artículo 27. Apoyo a las personas dependientes.
- Artículo 28. Inserción social de personas con discapacidad.
- Artículo 29. Inclusión social.
- Artículo 30. Situaciones de emergencia social.
- Artículo 31. Protección jurídica de las personas que tengan disminuida su capacidad de obrar.
- Artículo 32. Participación social y desarrollo comunitario.
- Artículo 33. Prestaciones económicas.
- Artículo 34. Garantía de participación.
- Artículo 35. Consejo Asesor de Bienestar Social del Principado de Asturias.
- Artículo 36. Funciones del Consejo Asesor de Bienestar Social del Principado de Asturias.
- Artículo 37. Consejos locales de bienestar social.
- Artículo 38. Consejos asesores de carácter sectorial.
- Artículo 39. Derechos.
- Artículo 40. Deberes.
- Artículo 41. Voluntariado.
- Artículo 42. Creación de centros y servicios públicos.
- Artículo 43. Autorización administrativa de centros y servicios privados.
- Artículo 44. Formas de prestación de los servicios sociales. Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada.
- Artículo 44 bis. Régimen del concierto social.
- Artículo 44 ter. Objeto de los conciertos sociales.
- Artículo 44 quater. Efectos de los conciertos sociales.
- Artículo 44 quinquies. Requisitos exigibles para acceder al régimen de concierto social.
- Artículo 44 sexies. Duración, modificación, renovación y extinción de los conciertos sociales.
- Artículo 44 septies. Formalización de los conciertos sociales.
- Artículo 44 octies. Convenios para la gestión de las prestaciones del catálogo de servicios sociales y acuerdos de colaboración.
- Artículo 44 nonies. Financiación pública de la iniciativa social.
- Artículo 45. Declaración de interés.
- Artículo 46. Fuentes de financiación.
- Artículo 47. Colaboración entre Administraciones Públicas.
- Artículo 48. Aportaciones de las personas usuarias.
- Artículo 49. Función inspectora.
- Artículo 50. Personal inspector.
- Artículo 51. Funciones básicas de la Inspección.
- Artículo 52. Desarrollo de la función inspectora.
- Artículo 53. Responsabilidad administrativa.
- Artículo 54. Infracciones.
- Artículo 55. Infracciones leves.
- Artículo 56. Infracciones graves.
- Artículo 57. Infracciones muy graves.
- Artículo 58. Sanciones.
- Artículo 59. Graduación de las sanciones.
- Artículo 60. Prescripción.
- Artículo 61. Procedimiento sancionador.
- Artículo 62. Medidas provisionales.
- Artículo 63. Órgano competente para la imposición de las sanciones.
- Artículo 64. Publicidad de las sanciones.
- Artículo 65. Carácter supletorio del régimen sancionador.
- Artículo 66. Contenido y garantías del sistema.
- Artículo 67. Bases del sistema.
- Artículo 68. Contenido.
- Artículo 69. Bases jurídicas para el tratamiento de datos personales.
- Artículo 70. Régimen jurídico y obligaciones legales.
- Artículo 71. Acceso a la información contenida en la HSUE.
- Disposición adicional primera. Atención sociosanitaria en programas y centros de atención de servicios sociales.
- Disposición adicional segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional tercera. Herramienta tecnológica.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
| Deroga | la Ley 5/1987, de 11 de abril |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2003?
- Ley 1/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2003?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.