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Ley Vigente

Artículo 31. Protección jurídica de las personas que tengan disminuida su capacidad de obrar.

Artículo 31 de la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales. · BOE-A-2003-7404

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-09.

Texto consolidado

Las medidas dirigidas a la protección jurídica de las personas que tengan disminuida su capacidad de obrar y que no puedan valerse por sí mismas tienen por objeto defender los intereses y derechos de las personas que se encuentren en dicha situación y conllevan la adopción de medidas tendentes a asegurar su bienestar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-09.

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