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Ley Vigente

Artículo 53. Responsabilidad administrativa.

Artículo 53 de la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales. · BOE-A-2003-7404

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-09.

Texto consolidado

1. Son sujetos responsables de las infracciones en materia de servicios sociales las personas físicas o jurídicas titulares o gestores de las entidades, centros o servicios que actúen en las áreas de intervención señaladas en la presente Ley.

2. También serán responsables las personas usuarias de centros o servicios públicos en los términos establecidos en la presente Ley.

3. Las responsabilidades administrativas derivadas de la presente Ley se exigirán sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o laborales en que pudiera haber incurrido el infractor con su actuación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-09.

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