Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.
BOE-A-2024-6951 · Boletín Oficial del Estado, 2024-04-09 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Decreto Legislativo 1/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-03-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 87, 2024-04-09
- Entrada en vigor
- 2024-03-15
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-14
- Artículos
- 160
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-6951
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
El artículo 67.6.a del Estatuto prevé que los decretos legislativos son promulgados, en nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalitat.
De acuerdo con lo anterior, promulgo el siguiente decreto legislativo.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- Artículo 611-1. Escala autonómica.
- Artículo 611-2. Mínimo del contribuyente.
- Artículo 612-1. Deducción por nacimiento o adopción de un hijo o de una hija o por acogimiento.
- Artículo 612-2. Deducción para los contribuyentes que queden viudos.
- Artículo 612-3. Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
- Artículo 612-4. Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual.
- Artículo 612-5. Deducción por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y de doctorado.
- Artículo 612-6. Deducción por donaciones a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana.
- Artículo 612-7. Deducción por donaciones a entidades que fomenten la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos.
- Artículo 612-8. Deducción por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio.
- Artículo 612-9. Deducción en concepto de inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de creación reciente.
- Artículo 612-10. Deducción por obligación de presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas por razón de tener más de un pagador.
- Artículo 612-11. Deducción por alquiler de la vivienda habitual de víctimas de violencia machista.
- Artículo 612-12. Deducción por inversión en sociedades cooperativas agrarias y de vivienda.
- Artículo 613-1. Deducción por inversión en la vivienda habitual.
- Artículo 621-1. Mínimo exento.
- Artículo 621-2. Tarifa.
- Artículo 622-1. Bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
- Artículo 622-2. Bonificación de las propiedades forestales.
- Artículo 631-1. Base liquidable.
- Artículo 631-2. Reducción por parentesco.
- Artículo 631-3. Reducción por discapacidad.
- Artículo 631-4. Reducción para personas mayores.
- Artículo 631-5. Reducciones por seguros de vida.
- Artículo 631-6. Supuestos de aplicación.
- Artículo 631-7. Concepto de actividad empresarial o profesional.
- Artículo 631-8. Bienes afectos.
- Artículo 631-9. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-10. Supuesto de aplicación.
- Artículo 631-11. Requisitos.
- Artículo 631-12. Concepto de entidad que gestiona un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
- Artículo 631-13. Actividad económica y bienes afectos.
- Artículo 631-14. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-15. Supuesto de aplicación.
- Artículo 631-16. Requisitos.
- Artículo 631-17. Supuesto de aplicación.
- Artículo 631-18. Requisitos.
- Artículo 631-19. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-20. Supuesto de aplicación.
- Artículo 631-21. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-22. Supuesto de aplicación.
- Artículo 631-23. Requisitos.
- Artículo 631-24. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-25. Supuestos de aplicación.
- Artículo 631-26. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-27. Supuestos de aplicación.
- Artículo 631-28. Regla de mantenimiento.
- Artículo 631-29. Supuestos y régimen de aplicación.
- Artículo 631-30. Ámbito de aplicación.
- Artículo 631-31. Base de las reducciones.
- Artículo 631-32. Bienes comunes de los cónyuges.
- Artículo 631-33. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos adquiridos.
- Artículo 631-34. Relaciones de convivencia de ayuda mutua.
- Artículo 632-1. Base liquidable.
- Artículo 632-2. Supuestos de aplicación.
- Artículo 632-3. Requisitos.
- Artículo 632-4. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-5. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-6. Requisitos.
- Artículo 632-7. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-8. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-9. Requisitos.
- Artículo 632-10. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-11. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-12. Requisitos.
- Artículo 632-13. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-14. Supuestos de aplicación.
- Artículo 632-15. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-16. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-17. Regla de mantenimiento.
- Artículo 632-18. Ámbito de aplicación.
- Artículo 632-19. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos objeto de la donación.
- Artículo 632-20. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-21. Requisitos.
- Artículo 632-22. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-23. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-24. Requisitos.
- Artículo 632-25. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-26. Requisitos.
- Artículo 632-27. Supuesto de aplicación.
- Artículo 632-28. Requisitos.
- Artículo 632-29. Regla de mantenimiento.
- Artículo 633-1. Tarifa general.
- Artículo 633-2. Tarifa reducida.
- Artículo 633-3. Cuota tributaria.
- Artículo 633-4. Bonificación de la cuota tributaria.
- Artículo 634-1. Tratamiento fiscal de las parejas estables.
- Artículo 634-2. Relaciones entre un cónyuge o un conviviente en pareja estable y los hijos de su cónyuge o del otro miembro de la pareja.
- Artículo 634-3. Acogimiento.
- Artículo 634-4. Tratamiento del género en las denominaciones referidas a personas.
- Artículo 634-5. Alcance de los conceptos de ascendientes y descendientes.
- Artículo 641-1. Tipo de gravamen en negocios sobre bienes y derechos.
- Artículo 641-2. Tipo de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual por familias numerosas.
- Artículo 641-3. Tipo de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual por familias monoparentales.
- Artículo 641-4. Tipo de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual para personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Artículo 641-5. Tipo de gravamen en la adquisición de la vivienda habitual por jóvenes.
- Artículo 641-5 bis. Tipo de gravamen reducido en la adquisición de la vivienda habitual para las víctimas de violencia machista.
- Artículo 641-6. Tipo de gravamen de los arrendamientos de inmuebles.
- Artículo 641-7. Bonificación de la cuota por la transmisión de viviendas a promotores públicos y sociales.
- Artículo 641-8. Bonificación de la cuota para la transmisión de viviendas a empresas inmobiliarias.
- Artículo 641-9. Bonificación de los arrendamientos de viviendas del parque público destinado a alquiler social.
- Artículo 641-10. Bonificación por la transmisión de viviendas a entidades financieras.
- Artículo 641-11. Bonificación en la transmisión de obras de arte y antigüedades para revenderlas.
- Artículo 641-12. Régimen de bonificación de las cooperativas de vivienda sin ánimo de lucro.
- Artículo 641-13. Bonificación para la transmisión de edificios de oficinas o de edificios de estructura no finalizada para su transformación en viviendas en régimen de protecció…
- Artículo 641-14. Bonificación para la transmisión de inmuebles que tengan que constituir la sede social o centro de trabajo de empresas o negocios profesionales.
- Artículo 641-15. Bonificación por la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza rústica integrados en una explotación agraria cuando el adquirente es un agricultor profesional.
- Artículo 641-16. Bonificación para expedientes de dominio, actos de notoriedad y actos complementarios de documentos públicos referidos en fincas integradas en explotaciones agr…
- Artículo 642-1. Tipo de gravamen de los documentos notariales.
- Artículo 642-2. Bonificación de la cuota tributaria en la novación de los créditos hipotecarios.
- Artículo 642-3. Bonificación por la escritura pública de separación y divorcio y de extinción de pareja estable.
- Artículo 642-4. Bonificación de las escrituras de subrogación de préstamo o crédito hipotecarios otorgado por la sección de crédito de una cooperativa.
- Artículo 642-5. Bonificación de los actos notariales en que se formalizan los depósitos de arras penitenciales y demás documentos notariales que se puedan otorgar para su cancel…
- Artículo 642-6. Bonificación por adquisición de la vivienda habitual para jóvenes.
- Artículo 642-7. Bonificación para las escrituras públicas relacionadas con la transmisión de edificios de oficinas o de edificios de estructura no finalizada para su transformac…
- Artículo 642-8. Bonificación para la escritura pública que documenta la transmisión de inmuebles que vayan a constituir la sede social o centro de trabajo de empresas o negocios…
- Artículo 642-9. Bonificación de las escrituras públicas de división, segregación, agregación y agrupación de fincas integradas en explotaciones agrarias.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (27)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2024?
- Decreto Legislativo 1/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2024?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.