Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
BOE-A-2010-10829 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-08 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 19/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 19/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-06-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 165, 2010-07-08
- Entrada en vigor
- 2010-06-12
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 90
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-10829
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Base liquidable.
- Artículo 2. Reducción por parentesco.
- Artículo 3. Reducción por discapacidad.
- Artículo 4. Reducción para personas de la tercera edad.
- Artículo 5. Reducción por seguros de vida.
- Artículo 6. Supuestos de aplicación.
- Artículo 7. Concepto de actividad empresarial o profesional.
- Artículo 8. Bienes afectos.
- Artículo 9. Regla de mantenimiento.
- Artículo 10. Supuesto de aplicación.
- Artículo 11. Requisitos.
- Artículo 12. Concepto de entidad que gestiona un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
- Artículo 13. Actividad económica y bienes afectos.
- Artículo 14. Regla de mantenimiento.
- Artículo 15. Supuesto de aplicación.
- Artículo 16. Requisitos.
- Artículo 17. Supuesto de aplicación.
- Artículo 18. Requisitos.
- Artículo 19. Regla de mantenimiento.
- Artículo 20. Supuesto de aplicación.
- Artículo 21. Regla de mantenimiento.
- Artículo 22. Supuestos de aplicación.
- Artículo 23. Requisitos.
- Artículo 24. Regla de mantenimiento.
- Artículo 25. Supuestos de aplicación.
- Artículo 26. Regla de mantenimiento.
- Artículo 27. Supuestos de aplicación.
- Artículo 28. Regla de mantenimiento.
- Artículo 29. Supuestos y régimen de aplicación.
- Artículo 30. Régimen de aplicación.
- Artículo 31. Régimen de aplicación.
- Artículo 32. Ámbito de aplicación.
- Artículo 33. Base de las reducciones.
- Artículo 34. Bienes comunes de los cónyuges.
- Artículo 35. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos adquiridos.
- Artículo 36. Relaciones de convivencia de ayuda mutua.
- Artículo 37. Base liquidable.
- Artículo 38. Supuestos de aplicación.
- Artículo 39. Requisitos.
- Artículo 40. Regla de mantenimiento.
- Artículo 41. Supuesto de aplicación.
- Artículo 42. Requisitos.
- Artículo 43. Regla de mantenimiento.
- Artículo 44. Supuesto de aplicación.
- Artículo 45. Requisitos.
- Artículo 46. Regla de mantenimiento.
- Artículo 47. Supuesto de aplicación.
- Artículo 48. Requisitos.
- Artículo 49. Regla de mantenimiento.
- Artículo 50. Supuestos de aplicación.
- Artículo 51. Regla de mantenimiento.
- Artículo 51 bis. Supuesto de aplicación.
- Artículo 51 ter. Regla de mantenimiento.
- Artículo 52. Ámbito de aplicación.
- Artículo 53. Regla de mantenimiento de los bienes o derechos objeto de la donación.
- Artículo 54. Supuesto de aplicación.
- Artículo 55. Requisitos.
- Artículo 56. Supuesto de aplicación.
- Artículo 56 bis. Supuesto de aplicación.
- Artículo 56 ter. Requisitos.
- Artículo 57. Tarifa.
- Artículo 58. Cuota tributaria.
- Artículo 58 bis. Bonificación de la cuota tributaria.
- Artículo 59. Tratamiento fiscal de las parejas estables.
- Artículo 60. Relaciones entre un cónyuge o un conviviente en pareja estable y los hijos de su cónyuge o del otro miembro de la pareja.
- Artículo 60 bis. Acogimiento.
- Artículo 61. Acuerdos de valoración previa vinculante.
- Artículo 62. Aplicación de las normas sobre obligaciones formales.
- Artículo 63. Obligación de declarar y autoliquidar.
- Artículo 64. Obligación de presentar otros documentos además de la declaración y la autoliquidación en las transmisiones por causa de muerte.
- Artículo 65. Obligación de presentar otros documentos además de la declaración y la autoliquidación en las transmisiones lucrativas entre vivos.
- Artículo 66. Incumplimiento de la obligación de presentar documentos.
- Artículo 67. Obligación de los notarios de remitir por vía telemática los documentos que autoricen.
- Artículo 68. Competencia.
- Artículo 69. Plazo de resolución en los procedimientos de gestión tributaria propios del impuesto.
- Artículo 70. Autoliquidaciones parciales a cuenta.
- Artículo 71. Pago del impuesto mediante la entrega de bienes culturales.
- Artículo 72. Norma general.
- Artículo 73. Aplazamiento y fraccionamiento por los órganos de gestión.
- Artículo 74. Fraccionamiento de la liquidación por seguros que se perciben en forma de renta.
- Artículo 75. Otros supuestos especiales.
- Disposición adicional primera. Tratamiento del género en las denominaciones referidas a personas.
- Disposición adicional segunda. Alcance de determinados conceptos.
- Disposición adicional tercera. Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- Disposición adicional cuarta. Modificación del título XXVI del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
- Disposición transitoria primera. Aplicación de la normativa sobre gestión del impuesto.
- Disposición transitoria segunda. Aplazamiento excepcional del impuesto sobre sucesiones y donaciones por los órganos de gestión.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Entrada en vigor.
- Disposición final segunda. Despliegue reglamentario.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 19/2010?
- Ley 19/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 19/2010?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.