El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 631-5. Reducciones por seguros de vida.

Artículo 631-5 del Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos. · BOE-A-2024-6951

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-15.

Texto consolidado

1. En las adquisiciones por causa de muerte, se aplica una reducción del 100 %, con un límite de 25.000 euros, de las cantidades percibidas por las personas beneficiarias de contratos de seguros de vida, si su parentesco con el contratante muerto es el de cónyuge, de descendiente o de ascendiente. En el caso de seguros colectivos o contratados por las empresas a favor de sus trabajadores, debe tenerse en cuenta el grado de parentesco entre la persona asegurada y la beneficiaria.

2. La reducción por seguros de vida es única por sujeto pasivo, independientemente del número de contratos de seguros de vida de los que sea beneficiario. En caso de que tenga derecho al régimen de bonificaciones y reducciones que establece la disposición transitoria cuarta de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, el sujeto pasivo puede optar entre aplicar este régimen o aplicar la reducción establecida en este artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-03-15.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2024

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.