Artículo 611-1. Escala autonómica.
Artículo 611-1 del Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos. · BOE-A-2024-6951
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-27.
Texto consolidado
La escala autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas es la siguiente:
Base liquidable
Hasta (euros)
Cuota íntegra
(Euros)
Resto base liquidable
Hasta (euros)
Tipo aplicable porcentaje
(%)
0,00
0,00
12.500,00
9,50
12.500,00
1.187,50
9.500,00
12,50
22.000,00
2.375,00
11.000,00
16,00
33.000,00
4.135,00
20.000,00
19,00
53.000,00
7.935,00
37.000,00
21,50
90.000,00
15.890,00
30.000,00
23,50
120.000,00
22.940,00
55.000,00
24,50
175.000,00
36.415,00
En adelante
25,50
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2025, por el art. 3.1 del Decreto-ley 5/2025, de 25 de marzo. Ref. BOE-A-2025-10270
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-10270.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2024
- ← Disposición final.
- → Artículo 611-2. Mínimo del contribuyente.
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.