Artículo 641-12. Régimen de bonificación de las cooperativas de vivienda sin ánimo de lucro.
Artículo 641-12 del Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos. · BOE-A-2024-6951
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-27.
Texto consolidado
Se establece una bonificación del 100 % en la cuota del impuesto en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas para las cooperativas de vivienda que cumplan los requisitos del artículo 144 de la Ley 12/2015, del 9 de julio, de cooperativas, para ser consideradas entidades sin ánimo de lucro.
Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el art. 5.5 del Decreto-ley 5/2025, de 25 de marzo, Ref. BOE-A-2025-10270, entra en vigor el 27 de junio de 2025, según establece su disposición final 2.2.
Esta modificación entra en vigor el 27 de junio de 2025, según establece su disposición final 2.2.
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