Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.
BOE-A-2002-6390 · Boletín Oficial del Estado, 2002-04-04 · Ministerio de Ciencia y Tecnología
Real Decreto 261/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 261/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-03-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 81, 2002-04-04
- Entrada en vigor
- 2002-04-05
- Departamento
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 83
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-6390
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Decreto 2358/1967, de 19 de agosto, autorizó la constitución del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación, cuyos Estatutos fueron aprobados por Orden de 4 de julio de 1968. La Orden de 20 de diciembre de 1983 modificó los artículos 21 y 23 de estos Estatutos, referentes a la composición de la Junta y a la adopción de sus acuerdos respectivamente. La promulgación, por una parte de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, de la Constitución y de la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, que adecuó el funcionamiento de los Colegios Profesionales al sistema democrático, y, por otra parte, la aprobación del Real Decreto-ley 5/1996, de 7 de junio, luego convertido en Ley 7/1997, de 14 de abril, de Medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios Profesionales, la cual introduce diversas modificaciones en los artículos de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, y…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Ámbito territorial del Colegio.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Constitución y definición.
- Artículo 2. Domicilio.
- Artículo 3. Ámbito personal y territorial.
- Artículo 4. Fines y funciones del Colegio.
- Artículo 5. Miembros.
- Artículo 6. Colegiación. Requisitos para el ejercicio de la profesión.
- Artículo 7. Ejercicio de la profesión.
- Artículo 8. Solicitud de colegiación.
- Artículo 9. Pérdida de la condición de colegiado.
- Artículo 10. Obligaciones de los colegiados.
- Artículo 11. Derechos de los colegiados.
- Artículo 12. Listado de colegiados.
- Artículo 13. Bajas y reincorporaciones.
- Artículo 14. Formas de ejercicio profesional.
- Artículo 15. Defensa de los colegiados.
- Artículo 16. Visado.
- Artículo 17. Visado diferido y convenios de visado.
- Artículo 18. Requisitos para la realización del visado.
- Artículo 19. Organización territorial del Colegio.
- Artículo 20. Denominación y Sede de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 21. Regulación de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 22. Constitución del Colegio.
- Artículo 23. Órganos generales de gobierno.
- Artículo 24. La Asamblea General.
- Artículo 25. Funciones de la Asamblea General.
- Artículo 26. Reuniones ordinarias de la Asamblea General.
- Artículo 27. Reuniones extraordinarias de la Asamblea General.
- Artículo 28. Deliberaciones de la Asamblea General.
- Artículo 29. Funcionamiento de la Asamblea General.
- Artículo 30. El Consejo de Colegio.
- Artículo 31. Competencias del Consejo de Colegio.
- Artículo 32. Duración del mandato de los consejeros y sesiones del Consejo de Colegio.
- Artículo 33. Mesa del Consejo.
- Artículo 34. La Junta de Gobierno.
- Artículo 35. Miembros elegibles.
- Artículo 36. Reuniones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 37. Acuerdos de la Junta de Gobierno.
- Artículo 38. Asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 39. Comisiones de trabajo.
- Artículo 40. Atribuciones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 41. Del Decano-Presidente.
- Artículo 42. Funciones del Decano-Presidente.
- Artículo 43. Del Vicedecano.
- Artículo 44. Del Secretario.
- Artículo 45. Del Vicesecretario.
- Artículo 46. Del Tesorero.
- Artículo 47. De los vocales.
- Artículo 48. Composición y competencias.
- Artículo 49. Órganos de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 50. La Asamblea de la Demarcación territorial.
- Artículo 51. La Junta de Gobierno Territorial.
- Artículo 52. Competencias de la Junta de Gobierno Territorial.
- Artículo 53. Atribuciones de la Junta de Gobierno Territorial.
- Artículo 54. Miembros de la Junta de Gobierno Territorial.
- Artículo 55. Del Decano territorial.
- Artículo 56. Instituciones del Colegio.
- Artículo 57. Servicios generales del Colegio.
- Artículo 58. Secretaría de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 59. Requisitos generales.
- Artículo 60. Régimen electoral.
- Artículo 61. Recursos económicos del Colegio.
- Artículo 62. Patrimonio del Colegio.
- Artículo 63. Recaudación de los recursos económicos.
- Artículo 64. Presupuesto general del Colegio.
- Artículo 65. Administración del presupuesto.
- Artículo 66. Régimen disciplinario.
- Artículo 67. Derechos de los colegiados expedientados.
- Artículo 68. Expedientes disciplinarios.
- Artículo 69. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 70. Clasificación de las faltas.
- Artículo 71. Faltas muy graves.
- Artículo 72. Faltas graves.
- Artículo 73. Faltas leves.
- Artículo 74. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 75. Modificación de los Estatutos.
- Artículo 76. Disolución del Colegio.
- Artículo 77. Comunicación de la disolución del Colegio.
- Artículo 78. De la segregación.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Decreto 2358/1967, de 19 de agosto |
| De conformidad con | Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. |
| Deroga | Orden de 4 de julio de 1968 |
| Deroga | Orden de 20 de diciembre de 1983 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 261/2002?
- Real Decreto 261/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 261/2002?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 261/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.