El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 63. Recaudación de los recursos económicos.

Artículo 63 del Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación. · BOE-A-2002-6390

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-05.

Texto consolidado

Las recaudaciones de los recursos económicos del Colegio son competencia propia de la Junta de Gobierno, pudiendo delegarse las siguientes en la Junta de Gobierno Territorial:

1. Visados realizados en sus respectivas sedes de anteproyectos o proyectos, dirección de obras, dictámenes, informes, peritajes, asesoramientos, inspecciones, arbitrajes, etc.

2. Recargos por elusión de visados de los supuestos anteriores.

3. Las establecidas para fines y actividades formativos y de ordenación del trabajo profesional en su ámbito territorial.

4. Los derechos por estudios, informes y dictámenes que emita la Junta de Gobierno Territorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-05.

Más artículos de Real Decreto 261/2002

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 261/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.