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Real Decreto Vigente

Artículo 65. Administración del presupuesto.

Artículo 65 del Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación. · BOE-A-2002-6390

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-05.

Texto consolidado

La administración del presupuesto de los órganos, servicios generales e instituciones estará a cargo de la Junta de Gobierno, y el de cada Demarcación territorial a cargo de su Junta de Gobierno Territorial. El saldo remanente anual de una Demarcación territorial será acumulable a ejercicios siguientes, formando parte de su presupuesto particular.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-05.

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