Artículo 22. Constitución del Colegio.
Artículo 22 del Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación. · BOE-A-2002-6390
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-05.
Texto consolidado
El Colegio estará constituido por los miembros que reúnan las condiciones señaladas en la sección 1.a del capítulo II. Se regirá por los presentes Estatutos y por su Reglamento general de régimen interior, sancionado por la Asamblea General, en el que se recogerán las normas de aplicación de aquéllos.