Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.
BOE-A-2010-18559 · Boletín Oficial del Estado, 2010-12-03 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 9/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-11-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 292, 2010-12-03
- Entrada en vigor
- 2010-12-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 124
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-18559
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
PREÁMBULO
Galicia cuenta, además de con un territorio integrado en cuencas hidrográficas de gestión del Estado, con una propia cuenca hidrográfica íntegramente incluida en su territorio, conocida como Galicia-Costa. En el ámbito territorial de esta cuenca, la Comunidad Autónoma de Galicia dispone de competencia exclusiva (artículo 27.º12 del Estatuto de autonomía) y, por tanto, con el adecuado fundamento jurídico de conseguir una regulación que responda a sus propios intereses. En este sentido, la Comunidad Autónoma ha llevado a cabo hasta el momento una tarea de regulación en materia de aguas, si bien las normas dictadas se han centrado fundamentalmente en el plano organizativo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Competencias de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 5. Competencias de los entes locales.
- Artículo 6. De las demarcaciones hidrográficas en Galicia.
- Artículo 7. Administración hidráulica de Galicia.
- Artículo 8. Creación.
- Artículo 9. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 10. Principios generales del régimen jurídico de Aguas de Galicia.
- Artículo 11. Competencias.
- Artículo 12. Órganos.
- Artículo 13. De la presidencia.
- Artículo 14. Del consejo de administración.
- Artículo 15. De la dirección.
- Artículo 16. Del Consejo para el Uso Sostenible del Agua.
- Artículo 17. Estructura territorial.
- Artículo 18. Del personal.
- Artículo 19. Régimen patrimonial.
- Artículo 20. Recursos económicos y régimen presupuestario.
- Artículo 21. Régimen de contratación.
- Artículo 22. Recursos contra actos de Aguas de Galicia.
- Artículo 23. De la responsabilidad patrimonial.
- Artículo 24. Principios generales.
- Artículo 25. Derechos y obligaciones de las personas usuarias del agua de uso urbano.
- Artículo 26. Competencias de la Administración hidráulica de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 27. Competencias de las entidades locales.
- Artículo 28. Declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Artículo 29. Régimen jurídico de las obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Artículo 30. Cooperación entre administraciones.
- Artículo 31. Disposiciones específicas en el ámbito del abastecimiento.
- Artículo 32. Disposiciones específicas en el ámbito del saneamiento y depuración de aguas residuales.
- Artículo 33. Asunción de la gestión y explotación de las infraestructuras de abastecimiento y depuración.
- Artículo 34. De los diferentes planes y su naturaleza.
- Artículo 35. Relación entre instrumentos de planificación.
- Artículo 36. Del objeto del Plan general gallego de abastecimiento.
- Artículo 37. Del objeto del Plan general gallego de saneamiento.
- Artículo 38. Régimen jurídico de la elaboración y aprobación.
- Artículo 39. Informe de Augas de Galicia de los planes territoriales y urbanísticos.
- Artículo 40. Principios generales de actuación y normativa de aplicación.
- Artículo 41. Relación con otros ingresos de derecho público vinculados con la Administración hidráulica.
- Artículo 42. Creación del canon del agua, ámbito y normativa de aplicación.
- Artículo 43. Naturaleza y objeto.
- Artículo 44. Afectación del producto del canon.
- Artículo 45. Hecho imponible.
- Artículo 46. Sujeto pasivo y otros obligados tributarios.
- Artículo 47. Supuestos de no sujeción y exenciones.
- Artículo 48. Base imponible y métodos de determinación de la base imponible.
- Artículo 49. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación directa.
- Artículo 50. Determinación de la base imponible mediante el régimen de estimación objetiva.
- Artículo 51. Devengo.
- Artículo 52. Cuota del canon.
- Artículo 53. Tipo de gravamen.
- Artículo 54. Deducciones de la cuota.
- Artículo 55. Cuota del canon.
- Artículo 56. Tipo de gravamen.
- Artículo 57. Usos industriales de refrigeración y usos de producción de energía hidroeléctrica.
- Artículo 58. Usos agrícolas, forestales y ganaderos sujetos.
- Artículo 59. Usos de aguas termales, minero-medicinales y marinas en la actividad balnearia.
- Artículo 60. Usos de agua para riego de instalaciones deportivas.
- Artículo 61. Usos de agua en acuicultura y depuradores de molusco.
- Artículo 61 bis. Pérdidas de agua en las redes de abastecimiento.
- Artículo 62. Competencias en cuanto a la aplicación del canon.
- Artículo 63. Repercusión del canon.
- Artículo 64. Habilitación a la Ley de presupuestos generales de Galicia.
- Artículo 65. Liquidaciones y autoliquidaciones.
- Artículo 66. Creación del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales.
- Artículo 67. Hecho imponible y afectación.
- Artículo 68. Sujeto pasivo y devengo.
- Artículo 69. Base imponible.
- Artículo 70. Cuota tributaria.
- Artículo 71. Régimen sancionador de aplicación.
- Artículo 72. Infracción tributaria por incumplir la obligación de repercutir el canon del agua en la factura del agua.
- Artículo 73. Infracción tributaria por repercutir incorrectamente el canon del agua con perjuicio económico para la hacienda pública.
- Artículo 74. Infracción tributaria por repercutir incorrectamente el canon del agua sin perjuicio económico para la hacienda pública.
- Artículo 75. Principios generales.
- Artículo 76. Finalidad y objetivos de la planificación hidrológica.
- Artículo 77. Competencias.
- Artículo 78. Documentos y finalidades.
- Artículo 79. Efectos de los instrumentos de planificación.
- Artículo 80. Objeto y ámbito.
- Artículo 81. Vertidos de residuos.
- Artículo 82. Objetivos de calidad y ambientales de las aguas.
- Artículo 83. Normas sobre vertidos de aguas residuales industriales.
- Artículo 84. Principios.
- Artículo 85. Infracciones leves.
- Artículo 86. Infracciones graves y muy graves.
- Artículo 87. Criterios para la determinación y graduación de la infracción.
- Artículo 88. Sanciones.
- Artículo 89. Procedimiento y medidas cautelares.
- Artículo 89 bis. Procedimiento de reposición de la legalidad.
- Artículo 90. Reparación del daño causado y reposición de las cosas a su estado primitivo.
- Artículo 91. Multas coercitivas y prohibición de obtener subvenciones.
- Artículo 92. De la potestad sancionadora de las entidades locales.
- Artículo 93. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Constitución del ente Aguas de Galicia y entrada en funcionamiento.
- Disposición adicional segunda. Subrogación en los derechos y obligaciones y en la titularidad de bienes.
- Disposición adicional tercera. Estatuto de Aguas de Galicia.
- Disposición adicional cuarta. Personal del organismo autónomo Aguas de Galicia.
- Disposición adicional quinta. Personal de la Empresa Pública Obras y Servicios Hidráulicos.
- Disposición adicional sexta. Personal laboral temporal o indefinido.
- Disposición adicional séptima. Plantilla de Aguas de Galicia.
- Disposición adicional octava. Obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Disposición adicional novena. Adaptación de ordenanzas municipales.
- Disposición adicional décima. Informe previo de Aguas de Galicia.
- Disposición adicional undécima. Ría de Ribadeo.
- Disposición adicional duodécima. Autorización de vertidos de aguas residuales municipales de naturaleza urbana o doméstica.
- Disposición adicional decimotercera. Validez de la primera declaración de habitantes de vivienda.
- Disposición adicional decimocuarta. Anulación y no liquidación de deudas por los tributos establecidos en la presente ley.
- Disposición adicional decimoquinta. Régimen de explotación de las masas de agua superficiales de naturaleza artificial en la cuenca hidrográfico de Galicia-Costa.
- Disposición adicional decimosexta. Coeficiente gradual de implantación del canon por pérdidas en las redes.
- Disposición adicional decimoséptima. Actuaciones subsidiarias en la zona de servidumbre de los ríos de la demarcación hidrográfica de Galicia Costa.
- Disposición adicional decimoctava. Régimen especial de aplicación a la ejecución de obras de recuperación o restauración de canales para la protección frente al riesgo de inunda…
- Disposición adicional decimonovena. Convenios de colaboración en materia de obras hidráulicas.
- Disposición transitoria primera. Obras de interés de la Comunidad Autónoma y ausencia de planificación de abastecimiento y de saneamiento y depuración.
- Disposición transitoria segunda. Recaudación del canon de saneamiento.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia de la actual planificación de abastecimiento y saneamiento.
- Disposición transitoria cuarta. Convenio colectivo.
- Disposición transitoria quinta. Servicios de depuración prestados por las entidades locales.
- Disposición transitoria sexta. Regularización de instalaciones de tratamiento de aguas.
Normas que la modifican o afectan (17)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| Deroga | Ley 8/1993, de 23 de junio |
| Deroga | Ley 8/2001, de 2 de agosto |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2010?
- Ley 9/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2010?
- El BOE registra 17 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.