El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 13. De la presidencia.

Artículo 13 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. · BOE-A-2010-18559

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

Texto consolidado

1. La presidencia de Aguas de Galicia corresponde a la persona titular de la consellería competente en materia de aguas.

2. Corresponde a la presidencia:

a) Ostentar la representación legal de Aguas de Galicia.

b) Presidir el Consejo de Administración de Aguas de Galicia, el Consejo para el Uso Sostenible del Agua y cualesquiera otros órganos colegiados en caso de que así estén previstos por el estatuto.

c) Ejercer la potestad sancionadora de las infracciones calificadas como graves.

d) Ejercer las facultades en materia de contratación de la entidad sin perjuicio de las delegaciones que acuerde en la dirección.

3. Asimismo ejercerá las funciones propias de la presidencia de los órganos administrativos colegiados reguladas en la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

Más artículos de Ley 9/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.