Artículo 12. Órganos.
Artículo 12 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. · BOE-A-2010-18559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-18.
Texto consolidado
1. Son órganos de gobierno de Aguas de Galicia la Presidencia, el consejo de administración y la dirección.
2. Es órgano de participación el Consejo para el Uso Sostenible del Agua.
3. El Estatuto de Aguas de Galicia regulará las funciones de los órganos de gobierno conforme a lo que determine la presente ley pudiendo prever la existencia de otros órganos complementarios a los indicados.