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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 40. Principios generales de actuación y normativa de aplicación.

Artículo 40 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. · BOE-A-2010-18559

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-01.

Texto consolidado

1. Las administraciones titulares de los servicios de abastecimiento y saneamiento y depuración exigirán los tributos que les correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa que les sea de aplicación y teniendo en cuenta el principio de la recuperación de los costes de los servicios relacionados con el agua, incluidos los costes medioambientales, y, en particular, de conformidad con el principio de que quien contamina paga.

2. Aguas de Galicia estudiará las fórmulas para que en los plazos exigidos por la normativa básica se pueda dar cumplimiento a las exigencias del principio de recuperación de los costes propios del ciclo del agua, incluidos los medioambientales, introduciendo criterios que intensificando la progresividad promuevan el ahorro de agua y los comportamientos menos degradantes del medio hídrico.

3. La normativa de aplicación al canon del agua creado por la presente ley está constituida por esta ley y sus normas de desarrollo, por la Ley general tributaria y sus normas de desarrollo, así como por el Texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua..

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