Artículo 35. Relación entre instrumentos de planificación.
Artículo 35 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. · BOE-A-2010-18559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-18.
Texto consolidado
1. Los planes, tanto generales como zonales, de abastecimiento y saneamiento habrán de respetar las determinaciones de los instrumentos de planificación que regulen los espacios naturales protegidos.
2. Las actuaciones derivadas de los planes generales gallegos de abastecimiento y saneamiento prevalecerán sobre las actuaciones derivadas de los instrumentos de planificación urbanística.