El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley.

Artículo 1 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. · BOE-A-2010-18559

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

Texto consolidado

1. La presente ley tiene por objeto:

a) Ordenar las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los entes locales gallegos en materia de agua y obras hidráulicas.

b) Regular la organización y funcionamiento de la Administración hidráulica de Galicia.

c) Ordenar el ciclo integral del agua de uso urbano y establecer las bases para una gestión eficiente de los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración.

d) Regular las bases del ejercicio de la planificación hidrológica en Galicia.

e) Establecer el régimen económico-financiero del agua en Galicia al objeto de preservar, proteger y mejorar el recurso y el medio hídrico.

f) Regular el régimen de infracciones y sanciones.

2. Esta ley tiene por finalidad garantizar las necesidades básicas de uso de agua de la población, favoreciendo el desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma de Galicia y compatibilizándolo con la preservación del buen estado de los ecosistemas acuáticos y ecosistemas terrestres asociados.

3. Las aguas minerales y termales se regularán por su propia legislación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

Más artículos de Ley 9/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.