Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.
BOE-A-2018-1549 · Boletín Oficial del Estado, 2018-02-06 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 8/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 33, 2018-02-06
- Entrada en vigor
- 2018-02-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-16
- Artículos
- 75
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-1549
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios y efectividad de los derechos.
- Artículo 5. Tutela y apoyo institucional.
- Artículo 6. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 7. Medidas de acción positiva.
- Artículo 8. Cláusula general antidiscriminatoria.
- Artículo 9. Carácter transversal de las políticas públicas.
- Artículo 10. Plan de acción interdepartamental para la igualdad y no discriminación LGTBI.
- Artículo 11. Consejo Andaluz LGTBI.
- Artículo 12. Coordinación administrativa.
- Artículo 13. Actuaciones en el ámbito educativo.
- Artículo 14. Combatir el acoso escolar.
- Artículo 15. Planes y contenidos educativos.
- Artículo 16. Acciones de formación y divulgación.
- Artículo 17. Universidad.
- Artículo 18. Medidas de apoyo y protección en el ámbito social.
- Artículo 19. Servicios de asesoramiento y apoyo.
- Artículo 20. Personas jóvenes.
- Artículo 21. Personas mayores.
- Artículo 22. Personas con discapacidad.
- Artículo 23. Personas migrantes y refugiadas.
- Artículo 24. Atención a las personas LGTBI y sus familiares.
- Artículo 25. Protección de la diversidad familiar.
- Artículo 26. Adopción y acogimiento familiar.
- Artículo 27. Violencia en el ámbito familiar.
- Artículo 28. Medidas en el ámbito de la salud integral, sexual y reproductiva.
- Artículo 29. Atención sanitaria a personas intersexuales.
- Artículo 30. Medidas de información y formación del personal sanitario.
- Artículo 31. Campañas de prevención de infecciones de transmisión sexual.
- Artículo 32. Consentimiento.
- Artículo 33. Medidas para la no discriminación en el ámbito laboral.
- Artículo 34. Implantación de medidas para el empleo.
- Artículo 35. Promoción de una cultura inclusiva.
- Artículo 36. Centro de documentación.
- Artículo 37. Medidas en el ámbito del ocio.
- Artículo 38. Medidas en el ámbito del turismo.
- Artículo 39. Medidas en el ámbito del deporte.
- Artículo 40. Cooperación internacional al desarrollo.
- Artículo 41. Medidas de fomento en los medios de comunicación.
- Artículo 42. Medidas de fomento en la publicidad.
- Artículo 43. Medidas de asistencia en el ámbito de la Administración de Justicia.
- Artículo 44. Medidas de colaboración y cooperación con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
- Artículo 45. Contratación administrativa y subvenciones.
- Artículo 46. Formación de empleadas y empleados públicos.
- Artículo 47. Documentos administrativos.
- Artículo 48. Criterio de actuación de la Administración.
- Artículo 49. Derecho de admisión.
- Artículo 50. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
- Artículo 51. Ámbito contractual.
- Artículo 52. Deber de denuncia e intervención.
- Artículo 53. Deber de reparación.
- Artículo 54. Informe estadístico.
- Artículo 55. Disposiciones generales.
- Artículo 56. Concepto de persona interesada.
- Artículo 57. Responsabilidad.
- Artículo 58. Concurrencia con otros órdenes.
- Artículo 59. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 60. Infracciones leves.
- Artículo 61. Infracciones graves.
- Artículo 62. Infracciones muy graves.
- Artículo 63. Reincidencia.
- Artículo 64. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 65. Sanciones.
- Artículo 66. Graduación de las sanciones.
- Artículo 67. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 68. Publicidad de las sanciones.
- Artículo 69. Reducción de la sanción.
- Artículo 70. Competencia.
- Artículo 71. Procedimiento sancionador.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario y ejecución.
- Disposición final segunda. Consejo LGTBI de Andalucía.
- Disposición final tercera. Formulación de planes y protocolos.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 70, por Ley 9/2018, de 8 de octubre |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2017?
- Ley 8/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.