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Ley Vigente

Artículo 23. Personas migrantes y refugiadas.

Artículo 23 de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía. · BOE-A-2018-1549

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-04.

Texto consolidado

La Comunidad Autónoma adoptará las medidas necesarias para garantizar la protección de los derechos y la no discriminación de personas LGTBI migrantes y refugiadas.

También se impulsarán las medidas necesarias para la eliminación de los prejuicios y estereotipos sobre las personas que migran por motivos de orientación sexual e identidad de género, con el fin de avanzar hacia una sociedad igualitaria, solidaria e intercultural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-04.

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