Artículo 16. Acciones de formación y divulgación.
Artículo 16 de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía. · BOE-A-2018-1549
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-04.
Texto consolidado
1. Se impartirá al personal docente formación adecuada que incorpore la realidad del colectivo LGTBI en los cursos de formación y que analice cómo abordar en el aula la presencia de alumnado LGTBI, o cuyos progenitores o familiares directos pertenezcan a estos colectivos.
2. Se realizarán acciones de fomento del respeto y la no discriminación de las personas LGTBI en los centros educativos, y en particular entre las asociaciones de padres y madres. Estas acciones tendrán especial incidencia en las zonas rurales.