Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
BOE-A-2008-2492 · Boletín Oficial del Estado, 2008-02-13 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 12/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 12/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-11-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 38, 2008-02-13
- Entrada en vigor
- 2007-12-19
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 103
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-2492
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Transversalidad de género.
- Artículo 6. Evaluación de impacto de género.
- Artículo 7. Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Artículo 8. Enfoque de género en el presupuesto.
- Artículo 9. Lenguaje no sexista e imagen pública.
- Artículo 9 bis. Capacitación del personal al servicio de las Administraciones públicas.
- Artículo 10. Estadísticas e investigaciones con perspectiva de género.
- Artículo 11. Representación equilibrada en los órganos directivos y colegiados.
- Artículo 11 bis. Órganos directivos o colegiados y denominación de los colegios profesionales de Andalucía y corporaciones de derecho público.
- Artículo 12. Contratación pública.
- Artículo 13. Ayudas y Subvenciones.
- Artículo 14. Principio de igualdad en la educación.
- Artículo 15. Promoción de la igualdad de género en los centros docentes.
- Artículo 15 bis. Integración de contenidos curriculares.
- Artículo 16. Materiales curriculares y libros de texto.
- Artículo 17. Formación del profesorado.
- Artículo 18. Consejos escolares.
- Artículo 19. Inspección educativa.
- Artículo 20. Igualdad de oportunidades en la Educación Superior.
- Artículo 21. Proyectos de investigación.
- Artículo 21 bis. Mujeres en la ciencia, la tecnología, la innovación y la investigación.
- Artículo 22. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.
- Artículo 23. Políticas de empleo.
- Artículo 24. Incentivos a la contratación de mujeres.
- Artículo 25. Promoción empresarial.
- Artículo 26. Calidad en el empleo.
- Artículo 26 bis. Política de igualdad salarial entre mujeres y hombres.
- Artículo 27. Planes de igualdad y presencia equilibrada en el sector empresarial.
- Artículo 28. Negociación colectiva.
- Artículo 29. Seguridad y salud laboral.
- Artículo 30. Acoso sexual y acoso por razón de sexo.
- Artículo 31. Empleo en el sector público andaluz.
- Artículo 32. Planes de igualdad en el empleo en la Administración pública.
- Artículo 33. Protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- Artículo 34. Actuaciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad.
- Artículo 35. Marca de excelencia en igualdad.
- Artículo 36. Derecho y deber de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el ámbito público y privado.
- Artículo 37. Organización de espacios, horarios y creación de servicios.
- Artículo 37 bis. Servicios públicos para la conciliación en el ámbito educativo y social.
- Artículo 38. Conciliación en las empresas.
- Artículo 39. Conciliación en el empleo público.
- Artículo 40. Permiso de paternidad.
- Artículo 41. Políticas de salud.
- Artículo 42. Investigación biomédica.
- Artículo 43. Igualdad en las políticas sociales.
- Artículo 44. Mujeres mayores.
- Artículo 45. Cuidadoras y cuidadores de personas dependientes.
- Artículo 46. Inclusión social.
- Artículo 47. Tráfico y explotación sexual de las mujeres.
- Artículo 48. Personas con discapacidad.
- Artículo 48 bis. Mujeres gitanas.
- Artículo 49. Mujeres migrantes.
- Artículo 50. Planeamiento urbanístico, vivienda y transporte.
- Artículo 50 bis. Deporte y actividad deportiva.
- Artículo 50 ter. Cultura.
- Artículo 50 quáter. Políticas de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 51. De la información y el conocimiento.
- Artículo 52. Mujeres del medio rural y pesquero.
- Artículo 52 bis. Mujeres jóvenes.
- Artículo 53. Participación política.
- Artículo 54. Participación social.
- Artículo 55. Fomento de las asociaciones de mujeres.
- Artículo 56. Participación en ámbitos sociales, políticos y económicos.
- Artículo 57. Imagen de la mujer y del hombre.
- Artículo 58. Medios de comunicación social.
- Artículo 59. Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Artículo 60. Unidades de igualdad de género.
- Artículo 61. Observatorio Andaluz de la Igualdad de Género.
- Artículo 62. Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
- Artículo 62 bis. Centros municipales de información a la mujer.
- Artículo 63. Coordinación de los poderes públicos de Andalucía para la igualdad de mujeres y hombres.
- Artículo 64. Evaluación de la aplicación de la ley.
- Artículo 65. Igualdad de trato en el acceso al uso de bienes y servicios y su suministro.
- Artículo 66. Acción de cesación y rectificación de la publicidad ilícita.
- Artículo 67. Dictámenes.
- Artículo 68. Competencia.
- Artículo 69. Funciones.
- Artículo 70. Deber de colaboración.
- Artículo 71. Procedimiento de investigación.
- Artículo 72. Información y asesoramiento sobre discriminación por razón de sexo.
- Artículo 73. Infracciones.
- Artículo 74. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 75. Infracciones leves.
- Artículo 76. Infracciones graves.
- Artículo 77. Infracciones muy graves.
- Artículo 78. Responsabilidad.
- Artículo 79. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 80. Sanciones.
- Artículo 81. Graduación de las sanciones.
- Artículo 82. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 83. Publicidad y comunicación de las sanciones.
- Artículo 84. Reducción de la sanción.
- Artículo 85. Órganos competentes.
- Artículo 86. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional única. Modificación del artículo 30 de la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 12/2007?
- Ley 12/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 12/2007?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 12/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.