Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas en las Illes Balears.
BOE-A-2014-8888 · Boletín Oficial del Estado, 2014-08-23 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-15.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-08-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 205, 2014-08-23
- Entrada en vigor
- 2014-08-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-15
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-8888
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 2. Principios generales de ordenación.
- Artículo 3. Autorizaciones.
- Artículo 4. Competencias de los órganos de la comunidad autónoma.
- Artículo 5. Catálogo de Juegos y Apuestas.
- Artículo 6. Registro General del Juego de las Illes Balears.
- Artículo 7. Publicidad y promoción.
- Artículo 8. Establecimientos.
- Artículo 9. Casinos de juego.
- Artículo 10. Salas de bingo.
- Artículo 11. Salones de juego.
- Artículo 12. Locales de apuestas.
- Artículo 13. Máquinas de juego.
- Artículo 14. Apuestas.
- Artículo 15. Loterías.
- Artículo 16. Rifas y tómbolas.
- Artículo 17. Empresas de juego.
- Artículo 18. Fianzas.
- Artículo 19. Empresas titulares de casinos.
- Artículo 20. Empresas titulares de salones de juego.
- Artículo 21. Empresas operadoras de máquinas.
- Artículo 22. Titulares de salas de bingo.
- Artículo 23. Las personas usuarias.
- Artículo 24. Limitaciones a la participación en los juegos y las apuestas.
- Artículo 25. Inspección del juego.
- Artículo 26. Actas de la inspección del juego.
- Artículo 27. Régimen de las infracciones.
- Artículo 28. Infracciones muy graves.
- Artículo 29. Infracciones graves.
- Artículo 30. Infracciones leves.
- Artículo 31. Sanciones.
- Artículo 32. Graduación de las sanciones.
- Artículo 33. Sanciones accesorias.
- Artículo 34. Responsables.
- Artículo 35. Prescripción.
- Artículo 36. Caducidad.
- Artículo 37. Potestad sancionadora y órganos sancionadores.
- Artículo 38. Medidas cautelares.
- Disposición adicional primera. Régimen aplicable a las actividades desarrolladas a través de medios informáticos, telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia.
- Disposición adicional segunda. Autorizaciones concedidas por otras administraciones públicas.
- Disposición adicional tercera. Modificaciones de las reglas de juego.
- Disposición adicional cuarta. Autorización puntual de partidas de bingo.
- Disposición adicional quinta. Régimen de explotación de apuestas hípicas.
- Disposición adicional sexta. Comisión del Juego de las Illes Balears.
- Disposición adicional séptima. Planificación del número de establecimientos de juego y locales específicos de apuestas.
- Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación a la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las autorizaciones concedidas de acuerdo con la normativa anterior.
- Disposición transitoria tercera. Fianzas.
- Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Modificación del Decreto 103/2006, de 1 de diciembre, sobre medidas técnicas de máquinas de juego de tipo B.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | determinados preceptos y SE AÑADE la disposición adicional 7 por Ley 9/2023, de 3 de abril |
| Se deroga | el art. 32.3 y 4 , por Ley 13/2017, de 29 de diciembre |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2014?
- Ley 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-15.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2014?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.