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Ley Vigente

Disposición adicional sexta. Comisión del Juego de las Illes Balears.

Disposición adicional sexta de la Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas en las Illes Balears. · BOE-A-2014-8888

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-08.

Texto consolidado

1. Se creará una Comisión del Juego de las Illes Balears, adscrita al departamento competente en la materia, como órgano consultivo, de estudio, de asesoramiento y de coordinación de las actividades relacionadas con el juego y las apuestas en el ámbito territorial de las Illes Balears.

2. La organización y el funcionamiento de dicha comisión, así como el nombramiento de las personas que la integran, se determinarán reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-08.

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