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Ley 4/2012, de 30 de abril, por la que se establece el régimen sancionador en diversas materias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se fijan medidas administrativas urgentes en materia de juego.

BOE-A-2012-7446 · Boletín Oficial del Estado, 2012-06-05 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Ley 4/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 4/2012, de 30 de abril, regula el régimen sancionador en diversas materias en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, estableciendo medidas administrativas urgentes en el ámbito del juego. Esta norma es aplicable a todos los ciudadanos y entidades que operen en las Illes Balears desde su entrada en vigor, al día siguiente de su publicación en el "Butlletí Oficial de les Illes Balears".

Entre los puntos clave de la ley, se tipifican infracciones leves en materia de industria, como la fabricación o venta de productos que no cumplan con las normas de seguridad, siempre que no representen un riesgo grave. Además, se establece un sistema de reducción de sanciones del 50% si se paga voluntariamente antes de la resolución del procedimiento. En el ámbito del consumo, se actualizan las sanciones, permitiendo multas de hasta 6.000 € por infracciones leves y hasta 660.000 € por infracciones muy graves, con posibilidad de que estas multas alcancen hasta cinco veces el valor de los productos o servicios involucrados. Es importante señalar que esta ley deroga el Decreto Ley 7/2011 y otras disposiciones que sean incompatibles con su contenido.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 4/2012
Fecha de la disposición
2012-04-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2012-06-05
Entrada en vigor
2012-05-13
Departamento
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
11
Identificador BOE
BOE-A-2012-7446
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 4/2012?
Ley 4/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2012?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2012?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.