Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
BOE-A-2010-5882 · Boletín Oficial del Estado, 2010-04-13 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 3/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-02-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 89, 2010-04-13
- Entrada en vigor
- 2010-05-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 74
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-5882
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidades.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Responsabilidad del cumplimiento de las condiciones de prevención y seguridad en materia de incendios.
- Artículo 6. Regulación de la prevención y la seguridad en materia de incendios.
- Artículo 7. Contenido de la competencia de prevención de incendios.
- Artículo 8. Competencia municipal de verificación de las condiciones de seguridad.
- Artículo 9. Competencias de la Administración de la Generalidad en prevención y seguridad en materia de incendios.
- Artículo 10. Coordinación administrativa.
- Artículo 11. Órgano de la Administración de la Generalidad competente en prevención y seguridad en materia de incendios.
- Artículo 12. Principios de colaboración interadministrativa.
- Artículo 13. Determinación de las condiciones de prevención y seguridad en materia de incendios.
- Artículo 14. Reglamentos técnicos.
- Artículo 15. Instrucciones técnicas complementarias.
- Artículo 16. Guías técnicas.
- Artículo 17. Planificación urbanística.
- Artículo 18. Normativa sectorial.
- Artículo 19. Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
- Artículo 20. Intervención municipal.
- Artículo 21. Intervención de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 22. Control preventivo.
- Artículo 22 bis. Informe preceptivo por riesgo de incendio.
- Artículo 23. Régimen de intervención administrativa en actividades de carácter esporádico o puntual.
- Artículo 24. Intervención administrativa en otros supuestos.
- Artículo 25. Acto de comprobación.
- Artículo 26. Personal inspector.
- Artículo 27. Deber de colaboración.
- Artículo 28. Actos de inspección.
- Artículo 29. Valor probatorio de las actas de inspección.
- Artículo 30. Corrección de los incumplimientos y medidas cautelares.
- Artículo 31. Régimen sancionador.
- Artículo 32. Responsables.
- Artículo 33. Infracciones.
- Artículo 34. Sanciones.
- Artículo 35. Graduación de sanciones.
- Artículo 36. Plazo de corrección.
- Artículo 37. Procedimiento administrativo sancionador.
- Artículo 38. Órganos competentes para tramitar y resolver el procedimiento.
- Artículo 39. Coordinación interadministrativa.
- Artículo 40. Actuación mediante entidades colaboradoras de la Administración.
- Artículo 41. Autorización de entidades colaboradoras de la Administración en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios.
- Artículo 42. Requisitos de la entidad.
- Artículo 43. Requisitos generales de la entidad.
- Artículo 44. Requisitos de personal.
- Artículo 45. Retirada o pérdida de la condición de técnico o técnica habilitado.
- Artículo 46. Requisitos de medios materiales.
- Artículo 47. Mantenimiento de los requisitos.
- Artículo 48. Resolución de la solicitud de autorización.
- Artículo 49. Efectos de la autorización.
- Artículo 50. Vigencia de la autorización.
- Artículo 51. Supervisión, control e inspección de la actividad de las entidades colaboradoras por parte de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 52. Suspensión de la autorización.
- Artículo 53. Régimen sancionador.
- Artículo 54. Infracciones.
- Artículo 55. Sanciones aplicables.
- Artículo 56. Órganos competentes.
- Artículo 57. Criterios de graduación.
- Artículo 58. Personas responsables.
- Artículo 59. Medidas cautelares sin carácter sancionador.
- Artículo 60. Medidas cautelares en el marco del procedimiento sancionador.
- Artículo 61. Procedimiento sancionador.
- Artículo 62. Registro.
- Artículo 63. Datos de carácter personal.
- Disposición adicional primera. Competencias en prevención y seguridad en materia de incendios del Ayuntamiento de Barcelona.
- Disposición adicional segunda. Determinación de los procedimientos en el marco de los que se efectúa la intervención administrativa en defecto de procedimientos específicos.
- Disposición adicional tercera. Actuación única de control inicial.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental.
- Disposición adicional quinta. Determinación de la normativa técnica aplicable al sistema de prevención y seguridad en materia de incendios.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio con relación a las entidades colaboradoras de la Administración.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación antes de la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Actualización de las sanciones.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2010?
- Ley 3/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2010?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.