Artículo 63. Datos de carácter personal.
Artículo 63 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios. · BOE-A-2010-5882
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-10.
Texto consolidado
El tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios debe realizarse de acuerdo con lo establecido por la normativa de protección de datos de carácter personal.
Más artículos de Ley 3/2010
- ← Artículo 62. Registro.
- → Disposición adicional primera. Competencias en prevención y seguridad en materia de incendios del Ayuntamiento de Bar…
- Ver la norma completa: Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.