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Ley Vigente

Artículo 38. Órganos competentes para tramitar y resolver el procedimiento.

Artículo 38 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios. · BOE-A-2010-5882

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-10.

Texto consolidado

1. Corresponde a la persona titular de la dirección general competente en materia de prevención y extinción de incendios incoar los procedimientos sancionadores.

2. Corresponde a la persona titular de la dirección general competente en materia de prevención y extinción de incendios imponer las sanciones correspondientes a las faltas leves y graves y, si procede, acordar el archivo de las actuaciones.

3. Corresponde al consejero o consejera del departamento competente en materia de prevención y extinción de incendios imponer las sanciones correspondientes a las faltas muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-10.

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