Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
BOE-A-2004-2430 · Boletín Oficial del Estado, 2004-02-10 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 3/2003 está derogada desde el 2021-08-30: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-04-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 35, 2004-02-10
- Entrada en vigor
- 2003-06-02
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-08-30
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 76
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-2430
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 5/2002, de 3 de junio, «De modificación de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de Personal Estatutario del Servicio Murciano de Salud».
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
- Artículo 3. Ámbito.
- Artículo 4. Titulares de Derechos.
- Artículo 5. Principios inspiradores.
- Artículo 6. Entidades prestadoras de servicios sociales.
- Artículo 7. Entidades declaradas de interés asistencial para la Región de Murcia.
- Artículo 7 bis. Modos de Organización de la gestión de los servicios sociales.
- Artículo 8. Estructura de los Servicios Sociales.
- Artículo 9. Servicios Sociales de Atención Primaria.
- Artículo 10. Servicios Sociales Especializados.
- Artículo 11. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Familia e Infancia.
- Artículo 12. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Personas Mayores.
- Artículo 13. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Personas con Discapacidad.
- Artículo 14. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Inmigrantes.
- Artículo 15. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Minorías Étnicas.
- Artículo 16. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social.
- Artículo 17. Equipamientos.
- Artículo 18. Prestaciones económicas.
- Artículo 19. Fines.
- Artículo 20. El Plan Regional de Servicios Sociales.
- Artículo 21. El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Artículo 22. La Consejería responsable en materia de servicios sociales.
- Artículo 23. Gestión descentralizada.
- Artículo 24. Las Entidades Locales.
- Artículo 25. Reconocimiento y ámbito de actuación.
- Artículo 25 bis. Régimen de concertación.
- Artículo 25 ter. Objeto de los conciertos.
- Artículo 25 quater. Requisitos de las entidades.
- Artículo 25 quinquies. Formalización de los conciertos.
- Artículo 25 sexies. Efectos del concierto.
- Artículo 25 septies. Duración, renovación, modificación y extinción de los conciertos.
- Artículo 25 octies. Participación de los usuarios en el coste de los servicios concertados.
- Artículo 25 nonies. Régimen de convenios
- Artículo 25 decies. Medidas para la transparencia.
- Artículo 25 undecies. Garantía de igualdad.
- Artículo 26. Voluntariado.
- Artículo 27. Garantía de Participación.
- Artículo 28. El Consejo Regional de Servicios Sociales.
- Artículo 29. Consejos de carácter sectorial.
- Artículo 30. Consejos Municipales de Servicios Sociales.
- Artículo 31. Participación de los usuarios en los centros, entidades y servicios.
- Artículo 32. Derechos del usuario.
- Artículo 33. Derechos en el caso de ingreso, permanencia y salida de centros.
- Artículo 34. Obligaciones del usuario en los centros sociales.
- Artículo 35. Reglamento de régimen interior.
- Artículo 36. Fuentes de financiación.
- Artículo 37. Financiación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y medidas de fomento social.
- Artículo 38. Financiación de las entidades locales.
- Artículo 39. Aportación de los usuarios.
- Artículo 40. Colaboración financiera con las entidades locales y la iniciativa social.
- Artículo 41. El Registro y la inscripción registral.
- Artículo 42. Condiciones mínimas.
- Artículo 43. Ámbito de actuación.
- Artículo 44. Función Inspectora.
- Artículo 45. Concepto de infracción.
- Artículo 46. Reincidencia.
- Artículo 47. Concurrencia con otras responsabilidades.
- Artículo 48. Sujetos responsables.
- Artículo 49. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 50. Infracciones leves.
- Artículo 51. Infracciones graves.
- Artículo 52. Infracciones muy graves.
- Artículo 53. Procedimiento sancionador.
- Artículo 54. Medidas cautelares.
- Artículo 55. Resolución.
- Artículo 56. Sanciones.
- Artículo 57. Criterios de graduación.
- Artículo 58. Atribución de competencias sancionadoras.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia. |
| Deroga | la Ley 8/1985, de 9 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2003?
- Ley 3/2003 está derogada desde el 2021-08-30: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2003?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.