Artículo 14. Actuaciones de los servicios sociales especializados en el sector de Inmigrantes.
Artículo 14 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2004-2430
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los servicios sociales especializados en el sector de inmigrantes procurarán su integración social y participación activa en la vida de la comunidad.
2. Serán programas propios de estos servicios proporcionar información y mediación para su integración social y laboral.
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- Ver la norma completa: Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.