Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2004-2430
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La cuantía de las sanciones de naturaleza económica previstas en el presente Título, y de los límites establecidos en el artículo anterior, se actualizarán, conforme al Indice de Precios al Consumo, mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de servicios sociales.