Artículo 25 nonies. Régimen de convenios
Artículo 25 nonies de la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2004-2430
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las administraciones públicas podrán celebrar convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro para la prestación de los servicios sociales de su competencia en los supuestos en que, por la singularidad del servicio que se trate, resulte la forma más idónea para su prestación y así se justifique, debiendo ser autorizados por el Consejo de Gobierno.
Téngase en cuenta que ya había sido añadido por el Decreto-ley 2/2015, de 6 de agosto.
Se añade por el art. único.9 del Decreto-ley 2/2015, de 6 de agosto. Ref. BORM-s-2015-90553
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-12822.