Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.
BOE-A-2012-9665 · Boletín Oficial del Estado, 2012-07-19 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 15/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 15/2012, de 28 de junio, regula el sistema de seguridad pública en Euskadi, estableciendo un marco integral que abarca la policía, la seguridad ciudadana, la gestión de emergencias y la protección civil. Esta norma es aplicable a todas las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde su entrada en vigor.
Los puntos clave de la ley incluyen la creación de un sistema de seguridad pública que promueve la cooperación y coordinación entre diferentes administraciones, garantizando la protección de los derechos y libertades de los ciudadanos. Se establece la obligación de planificar y coordinar las políticas de seguridad, así como la creación de órganos de participación ciudadana para fomentar su implicación en la seguridad pública. Además, se crea la Academia Vasca de Policía y Emergencias, que se encargará de la formación del personal de seguridad y emergencias, y se regula la integración de las policías locales en un sistema común para mejorar la eficacia en la prestación de servicios de seguridad. Esta ley no está derogada y sigue vigente en su totalidad.
Datos clave
- Rango
- Ley 15/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-06-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 172, 2012-07-19
- Entrada en vigor
- 2012-07-07
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 74
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-9665
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto.
- Artículo 3. Principios comunes.
- Artículo 4. Autoridades públicas en materia de seguridad.
- Artículo 5. Departamento competente en seguridad pública.
- Artículo 6. Municipios.
- Artículo 7. Territorios históricos.
- Artículo 8. Consejo de Seguridad Pública de Euskadi.
- Artículo 9. Consejos locales de participación en la seguridad ciudadana.
- Artículo 10. Planificación de la seguridad.
- Artículo 11. Plan general de seguridad de Euskadi.
- Artículo 12. Planes de seguridad.
- Artículo 13. Integración con otros instrumentos de planificación.
- Artículo 14. Sistema integral de coordinación de los servicios del sistema de seguridad pública.
- Artículo 15. Teléfono de emergencias 1-1-2.
- Artículo 16. Oficina de iniciativas ciudadanas para la mejora del sistema de seguridad pública.
- Artículo 17. Planes y programas de informatización y sistemas de comunicación en el sector público autonómico.
- Artículo 18. Racionalización de la contratación administrativa en el ámbito de la seguridad pública en el sector público autonómico.
- Artículo 19. Innovación y desarrollo en técnicas de seguridad pública en el sector público autonómico.
- Artículo 20. Creación, objeto y finalidad.
- Artículo 21. Adscripción y normativa aplicable.
- Artículo 22. Sede.
- Artículo 23. Funciones.
- Artículo 24. Órganos superiores de dirección.
- Artículo 25. Consejo Rector.
- Artículo 26. Dirección General de la Academia.
- Artículo 27. Dirección de Administración y Servicios.
- Artículo 28. Planificación y programación.
- Artículo 29. Recursos económicos.
- Artículo 30. Régimen patrimonial y de contratación
- Artículo 31. Régimen presupuestario y económico.
- Artículo 32. Personal.
- Artículo 33. Régimen de recursos.
- Artículo 34. Régimen disciplinario de los alumnos.
- Artículo 35. Integración y coordinación.
- Artículo 36. Concepto.
- Artículo 37. Contenido.
- Artículo 38. Órganos de coordinación.
- Artículo 39. Comisión de Coordinación de las Policías Locales del País Vasco.
- Artículo 40. Registro de las Policías Locales.
- Artículo 41. Documento de acreditación profesional.
- Artículo 42. Colaboración entre la Ertzaintza y las policías locales.
- Artículo 43. Comisiones de coordinación policial de ámbito local.
- Artículo 44. Convenios.
- Artículo 45. Centro de Elaboración de Datos de la Policía del País Vasco.
- Artículo 46. Integración de los cuerpos de Policía local.
- Artículo 47. Protección de datos.
- Artículo 48. Convenios de colaboración.
- Artículo 49. Asociación para prestar servicios policiales.
- Artículo 50. Regulación.
- Artículo 51. Medidas de cooperación y coordinación.
- Artículo 52. Medidas de protección y seguridad en edificios e instalaciones públicas.
- Artículo 53. Medidas de protección de personas o entidades objeto de amenazas o persecución.
- Artículo 54. Medidas de protección en infraestructuras críticas.
- Artículo 55. Seguridad privada.
- Artículo 56. Formación.
- Artículo 57. Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi.
- Artículo 58. Concepto.
- Artículo 59. Elementos vulnerables.
- Artículo 60. Servicios básicos y complementarios.
- Artículo 61. Régimen aplicable.
- Artículo 62. Emergencias derivadas de actuaciones criminales o con múltiples víctimas.
- Artículo 63. Comisión de Seguridad Vial de Euskadi.
- Artículo 64. Plan estratégico y planes de actuación en materia de seguridad vial.
- Artículo 65. Medidas de seguridad en espectáculos y actividades recreativas.
- Artículo 66. Consideración del impacto.
- Artículo 67. Medidas para erradicar la violencia ejercida contra las mujeres.
- Disposición adicional primera. Referencias.
- Disposición adicional segunda. Sucesión de la Academia de Policía del País Vasco e integración del personal.
- Disposición adicional tercera. Autoridades autonómicas competentes en seguridad ciudadana.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos.
- Disposición transitoria
- Disposición derogatoria
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 15/2012?
- Ley 15/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 15/2012?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 15/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.