Artículo 26. Dirección General de la Academia.
Artículo 26 de la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi. · BOE-A-2012-9665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-07.
Texto consolidado
1. La Dirección General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias constituye el órgano ejecutivo del Organismo autónomo y le corresponde su dirección y representación ordinaria, y es responsable del funcionamiento de los servicios que la integran.
2. El nombramiento y cese de su titular tendrá lugar, por decreto del Gobierno Vasco, a propuesta del titular del departamento competente en seguridad pública, y tendrá el carácter de alto cargo con rango de viceconsejero o viceconsejera.
3. La Dirección General de la Academia ostenta la representación legal de la Academia de Policía y Emergencias del País Vasco, y a su titular corresponde la dirección, gestión, coordinación e inspección de sus servicios y actividades, así como el ejercicio de todas aquellas facultades para el cumplimiento de los fines encomendados al organismo autónomo que no se encuentren atribuidas a otros órganos.